Derecho Penal
Concurso real de delitos
De 'concurso' (convergencia, conflicto) y 'real' (efectivo, verdadero).
También llamado pluralidad de delitos · delitos sucesivos · acumulación de delitos
Pluralidad de delitos independientes cometidos por la misma persona en distintos momentos o con diferentes desvalores de acción y resultado.
— Núñez, De la Rúa, Laje Anaya
Desarrollo
El concurso real de delitos se configura cuando una persona comete varios delitos autónomos, cada uno de los cuales constituye una infracción penal completa e independiente. Se diferencia del delito continuado porque falta la unidad de propósito y los hechos no son dependientes entre sí. Según el art. 55 del Código Penal, el juez impone las penas correspondientes a cada delito en forma acumulativa, pudiendo existir acumulación material o jurídica según el ordenamiento procesal. Cada delito prescribe conforme a sus propios plazos de prescripción.
Dónde se estudia
Más voces de Derecho Penal
Complicidad
Forma de participación en sentido restringido mediante la cual un tercero coopera en la co...
Agresión ilegítima
Acometimiento o ataque contra personas o cosas que es contrario a derecho y crea peligro d...
Delito
Acción u omisión típica, antijurídica y culpable, prevista en la ley bajo amenaza de pena.
Antijuridicidad
Contradicción de la conducta típica con el ordenamiento jurídico en su conjunto.
Este término también se estudia en IurisLab
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