Privado I
Presunción legal
También llamado presunción de derecho · presunción iuris
Consecuencia que la ley establece necesariamente de un hecho conocido para producir otro desconocido, admitiendo o no prueba en contrario.
Desarrollo
Mecanismo procesal mediante el cual la ley dispone que de la existencia de un hecho probado se infiera necesariamente la existencia de otro hecho. Las presunciones legales pueden ser juris et de jure (irrefutables) o juris tantum (refutables con prueba en contrario). Se utilizan frecuentemente en derecho de familia, derechos reales y sucesiones para facilitar la prueba cuando ciertas circunstancias permiten establecer razonablemente la verdad de los hechos.
Dónde se estudia
Hecho jurídico: concepto. Efectos
Privado I
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