Pacto Comisorio
ContratosEtim. Del latín 'commissio' (encargo, comisión) y 'pactum' (pacto, acuerdo)
Cláusula contractual que faculta a una parte a resolver el contrato en caso de incumplimiento de la otra, pudiendo ser expresa o tácita.
— Alterini, Ameal y López Cabana
Desarrollo
El pacto comisorio es la facultad que tienen las partes de un contrato bilateral de resolverlo cuando la otra parte incumple sus obligaciones. Puede ser expresamente pactado (pacto comisorio expreso) o estar implícitamente contenido en todo contrato con prestaciones recíprocas (pacto comisorio tácito). En el Código Civil y Comercial, la resolución por incumplimiento requiere que el deudor esté en mora y que el incumplimiento sea esencial, es decir, que prive a la parte perjudicada de lo que sustancialmente tiene derecho a esperar del contrato.
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